¿Cómo deberá actuar el sector hotelero a partir de ahora?

Coronavirus Turismo

En el marco de la emergencia pública en la que estamos viviendo y considerando que la actividad turística resulta prioritaria dentro de las políticas del Estado, desde Nación resolvieron lo siguiente:

EL MINISTRO DE TURISMO Y DEPORTES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Establécese que los Agentes de Viaje y los establecimientos hoteleros de la REPÚBLICA ARGENTINA deberán devolver a los turistas usuarios toda suma de dinero que hubieren percibido en concepto de reserva por alojamientos a ser usufructuados durante el periodo comprendido entre la fecha de entrada en vigencia de la presente medida y el 31 de marzo del año en curso.

ARTÍCULO 2°.- Durante el periodo indicado en el artículo precedente, los establecimientos hoteleros sólo podrán brindar alojamiento a los ciudadanos extranjeros no residentes en la REPÚBLICA ARGENTINA. Asimismo, quienes se encuentren en situación de aislamiento obligatorio en virtud de las medidas dictadas por la Autoridad Sanitaria en relación con el coronavirus COVID-19 podrán continuar su estadía en el establecimiento.

Establécese que los hoteles no podrán brindar alojamiento, por el periodo señalado, a quienes no se encuentren comprendidos en el párrafo precedente.

ARTÍCULO 3°.- La presente medida comenzará a regir a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Matías Lammens

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