Histórico: el papa Francisco elimina el “secreto pontificio” para los casos de abusos a menores en la Iglesia

Internacionales

Permite a los jueces civiles tener acceso a los procesos canónicos. Las víctimas además podrán conocer las sentencias.

El Vaticano anunció este martes que el papa Francisco, el día que cumple 83 años, decidió abolir el secreto pontificio en los casos de abusos, violencias sexuales y pedopornografía por parte de miembros del clero en daño de menores.

Francisco introdujo así la novedad sin precedentes en el contraste de la plaga de la pedofilia en la Iglesia, que permitirá a los magistrados civiles tener acceso a los procesos canónicos por estos casos.

La decisión fue adoptada como “un signo de apertura, de disponibilidad, de colaboración con las autoridades civiles”, en nombre de una transparencia que tantas veces en el pasado vino a menos, permitiendo la reiteración de los episodios de abusos sexuales.

Aunque se garantiza la reserva para evitar daños a la reputación de los imputados mientras se desarrolla el proceso canónico, no serán más cubiertos con un grado elevadísimo de confidencialidad impuesto por el secreto, las causas por pedofilia intentadas en el Vaticano contra sacerdotes y obispos.

Tampoco serán obligados al secreto los denunciantes, víctimas y testimonios.

El Papa modificó también la “Norma de Gravioribus Delictis”, reservada a la Congregación para la Doctrina de la Fe. Se eleva de 14 a 18 años el límite por debajo del cual el abuso es considerado entre los delitos más graves y se incluye la posibilidad también para los laicos que puedan actuar como abogados o procuradores. Sobre todo se consiente a los magistrados civiles de otros países de tener acceso a los actos de los procesos canónicos.

En cambio se mantiene firme el punto de defensa del secreto durante la confesión sacramental, que ha sido puesto en discusión por decisiones jurídicas en países como la India y Australia, que quieren imponer a los curas confesores la denuncia a la pública autoridad de los casos de abusos confesados por los penitentes.

En la Instrucción “Acerca de la reserva de las causas”, se prevé que “no están cubiertos por el secreto pontificio las denuncias, los procesos y las decisiones que se refieren a los delitos en materia de abusos a los menores”. El documento señala que la exclusión del secreto pontificio subsiste también cuando los delitos son cometidos en concurso con otros delitos.

Se establece que el secreto de oficio no obstaculiza “el cumplimiento de las obligaciones en cada lugar de las leyes estatales”, comprendidas las eventuales obligaciones de señalar lo ocurrido y la ejecución “de los pedidos ejecutivos de las autoridades de judiciales civiles”.

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