Teletrabajo: previo al dictamen, el Senado escucha a los empresarios

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El proyecto de Ley ya fue aprobado por la Cámara de Diputados y actualmente está en estudio en la Cámara alta. 

Representantes de la Unión Industrial Argentina (UIA) expondrán en el día de hoy ante la comisión de Trabajo del Senado de la Nación en el marco de la discusión de una nueva ley para regular la modalidad de empleo en los domicilios.

Los empresarios participarán a las 11 de la videoconferencia de la Comisión de Trabajo y Previsión Social de la Cámara alta que conduce el senador del Frente de Todos Daniel Lovera.

De igual manera, los legisladores escucharán a representantes del Instituto para el Desarrollo Empresarial de la Argentina (IDEA); de Argencon, entidad que nuclea a empresas prestadoras de servicios de todos los verticales de la Economía del Conocimiento y del Centro de Implementación de Políticas Públicas para la Equidad y el Crecimiento (CIPPEC).

El proyecto de Ley de Teletrabajo ya fue aprobado por Diputados y actualmente está en estudio en el Senado, donde la semana pasada se escuchó el testimonio del ministro de Trabajo, Claudio Moroni; y de los representantes de las centrales sindicales CGT y CTA.

La iniciativa establece los derechos que tendrán los trabajadores y las obligaciones de los empresarios en esta modalidad de empleo que se incorporará a cada convenio colectivo de trabajo.

El dictamen establece presupuestos mínimos para el trabajo a distancia, el derecho a la desconexión, a tener una jornada determinada, y el carácter voluntario de esta modalidad de empleo a distancia.

Con 214 votos positivos, uno negativo y 29 abstenciones, el pasado 25 de junio la Cámara de Diputados aprobó el proyecto de ley para dotar de un marco regulatorio al teletrabajo, modalidad laboral que se vio fuertemente intensificada en los últimos meses, producto del aislamiento social, preventivo y obligatorio.

Entre sus aspectos generales, la normativa propuesta señala que la prestación laboral a distancia es voluntaria, no puede ser impuesta por el empleador y por lo tanto es reversible, al tiempo que consagra el «derecho a la desconexión» del empleado remoto.

De igual manera se determinó que, de convertirse en ley, la iniciativa entrará en vigor al cumplirse un plazo de 90 días contados desde la finalización del aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio, para darle un margen de tiempo a los empleadores a adecuarse a las mayores exigencias que demandará el nuevo marco normativo.

En esto, la idea de reversibilidad, es decir, que el consentimiento prestado por la persona que trabaja en una posición presencial para pasar a la modalidad de teletrabajo, podrá ser revocado por la misma en cualquier momento de la relación, es uno de los puntos en debate, al tiempo que de aprobarse el proyecto en el Senado pero con modificaciones, el mismo volverá a Diputados para ser nuevamente tratado.

Noticia de: Filo News

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