El representante legal del empresario Matías Huergo, afirmó que van a trabajar para demostrar la legalidad de las facturas.
Luego de que el ex director de Lusal declarara en el día de ayer, el Dr. Sebastián Espeche, aseguró que “van a trabajar para crear pruebas que demuestren su legalidad”, al hablar de las facturas apócrifas.
En entrevista con FM Pacífico, el abogado aclaró que recién en el día de ayer -y después de que declarara su cliente- el juez “puso a disposición 6 o 7 cuerpos de 200 hojas” que tienen que ver con la causa, y que “recién a partir de hoy van a conocer las imputaciones de la AFIP”. Al mismo tiempo, afirmó que él siempre “pidió la vista de la causa” y que la única forma de negarla fue a través de “secreto de sumario”, lo cual considera que “es arbitrario porque no se ajusta a la ley”.
Espeche brindó detalles de lo que fue la indagatoria de su cliente, subrayó que le pidió al juez que le solicite a su detenido datos sobre la computadora donde supuestamente fueron elaboradas las facturas y que “la verdad que no le pregunto nada”. Además, le pidió al juez que le explique a Huergo por qué fue designado como “jefe de la asociación ilícita” y él le respondió “está ahí, en las 1200 fojas (…) entonces mi defendido comenzó a hablar de lo que él sabe y a medida que pida fotocopias del expediente, voy a comenzar a empezar a impugnar los actos de la AFIP por facturas apócrifas”.
Por otro lado, alegó que de acuerdo a lo hablado con su cliente – quien niega que se hayan efectuado dos veces las mismas facturas- él ofrecerá como principales pruebas que “hay organismos de control dentro del municipio que certifican que si la obra se hizo y se pagó dos o tres veces. Eso debería ser fácilmente aclarado por las autoridades provinciales municipales”.
A su vez, Espeche, habló de que el juez que llamó a indagatoria no enumera en ningún momento cómo que el municipio le hubiera dado facturas apócrifas y “prueba de ello es que no está citada a declaración indagatoria ninguna otra persona que no sea la relacionada con la actividad de la empresa de mi cliente”. Además afirmó que se deben tener en cuenta otros elementos: “primero informar porque considera apócrifas esas facturas. Tendría la AFIP que demostrar que no se hizo el gasto o que no se hizo el servicio y segundo, tengo que ver que cantidad de facturas son, por qué importe y por qué periodos fiscales”.
Por último, el defensor, aseveró que la imputación penal es por la ley 27.430 la cual “tiene vigencia a partir del 1 de enero del año 2018”. Por lo tanto, no se puede aplicar la ley penal tributaria de manera retroactiva y que “pretenden imputar por hechos de asociación ilícita por hechos anterior a esta ley”.
Foto: La Gaceta.